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Artículo 52

Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco· Título Quinto › Capítulo I

27 1. La autoridad de educación superior del Estado formará parte del Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, un órgano colegiado de interlocución, deliberación, consulta y consenso para acordar las acciones y estrategias que permitan impulsar el desarrollo de la educación superior, como lo determina la Ley General de Educación Superior; sus actividades atenderán a los principios de corresponsabilidad, participación propositiva y pleno respeto a la autonomía universitaria y a la diversidad educativa e institucional.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.