1. La educación superior tecnológica tiene por objeto la formación integral de las personas con énfasis en la enseñanza, la aplicación y la vinculación de las ciencias, las ingenierías y la tecnología con los sectores productivos de bienes y servicios, así como la investigación científica y tecnológica. 17 2. El subsistema tecnológico se encuentra integrado por las instituciones de educación superior que realizan los objetivos que se prevén en el párrafo anterior con el énfasis mencionado y se clasifican de la siguiente forma en razón de su naturaleza jurídica:
I. En el ámbito del Estado: a) Instituciones de educación superior autónomas por la legislación aplicable; b) Instituciones de educación superior constituidas en el Estado como organismos descentralizados distintos a aquellas que las legislaciones correspondientes otorgan autonomía.
Quedan comprendidas en este rubro las universidades tecnológicas, las universidades politécnicas, los institutos tecnológicos descentralizados o equivalentes; c) Instituciones de educación superior constituidas como órganos desconcentrados de una dependencia de los poderes del Estado; d) Instituciones municipales de educación superior, y e) Aquellas a través de las cuales una dependencia del Estado imparte el servicio de educación superior en forma directa.
II. Las Instituciones particulares de educación superior creadas por particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios.
Subsistema de Escuelas Normales e Instituciones de Formación Docente