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Artículo 69

Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco· Título Tercero. Del Proceso Educativo › Capítulo VI. De la participación de madres y padres de familia o tutores en el proceso educativo

La autoridad educativa estatal desarrollará actividades de información y orientación para las familias de los educandos en relación a prácticas de crianza enmarcadas en el ejercicio de los valores, los derechos de la niñez, buenos hábitos de salud, la importancia de la hidratación saludable, la alimentación nutritiva, práctica de actividad física, disciplina positiva, prevención de la violencia, uso responsable de las tecnologías de la información, comunicación, lectura, conocimiento y aprendizaje digital y otros temas que permitan a madres y padres de familia o tutores, proporcionar una mejor atención a sus hijas, hijos o pupilos, con primordial atención en primera infancia.

Escuelas establecidas por negociaciones o empresas

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.