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Artículo 59

Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco· Título Tercero. Del Proceso Educativo › Capítulo II

Los planes y programas que la autoridad educativa federal determine en cumplimiento de la Ley General de Educación, así como sus modificaciones, se publicarán en el Periódico Oficial “El Estado 23 de Jalisco” y, previo a su aplicación, se deberá capacitar a las maestras y los maestros respecto de su contenido y métodos, así como generar espacios para el análisis y la comprensión de los referidos cambios.

En el caso de los planes y programas para la educación media superior, podrán publicarse en los medios informativos oficiales del Estado y de los organismos descentralizados correspondientes.

Contenidos para opinión de los planes y programas de estudio

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.