Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 100

Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco· Título Quinto. Del Impulso a la Formación y Consolidación de las Empresas Agropecuarias › Capítulo VIII. De las ferias y exposiciones de la producción agropecuaria

Los programas de Desarrollo Rural en materia de ferias y exposiciones, incluirán la participación de las organizaciones agropecuarias; éstas contarán con el asesoramiento y apoyo del Gobierno del Estado, a través de la Secretaría, para la organización de dichos eventos en los lugares que juzguen convenientes, con el objeto de promover la productividad y comercialización agropecuaria, apegándose a las normas federales y demás relativas para la realización de estos eventos.

De igual forma, el Ejecutivo del Estado promoverá y apoyará la participación de los productores en concursos y exposiciones nacionales e internacionales.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.