La integración de los Consejos, así como los objetivos específicos de acción estarán establecidos en el Reglamento de la presente ley. 13 Disposiciones Generales
Artículo 58
Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Jalisco· Título Décimo. DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN MATERIA FORESTAL › Capítulo II. De los Consejos Forestales
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