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Artículo 19

Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Jalisco· Título Tercero. DEL PROGRAMA ESTATAL EN MATERIA FORESTAL › Capítulo I. De los Criterios del Programa Estatal

Los criterios de carácter económico del programa forestal son:

I. Fomentar el desarrollo de la planta industrial para el óptimo aprovechamiento de los recursos forestales;

II. Utilizar, de manera racional, los ecosistemas forestales a fin de dar satisfacción a las necesidades madereras de la industria y la población, promoviendo la forestación constante;

III. Promover el desarrollo de la industria forestal generando condiciones de inversión para las grandes, medianas y pequeñas empresas y satisfacer el consumo del mercado interno y externo;

IV. Incentivar los proyectos de inversión forestal;

V. Impulsar una política de diversificación productiva en el aprovechamiento de los recursos forestales y sus derivados;

VI. Fomentar la investigación y el desarrollo científico y tecnológico en materia forestal; y 7 VII. Prestar asistencia técnica a los productores forestales.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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