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Artículo 9

Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco· Título Segundo. De los Entes Públicos › Capítulo I. En el Estado

La Secretaría establecerá de manera general y particular en coordinación con las Coordinaciones Generales Estratégicas y distintas instancias de Gobierno, estrategias en materia de Cultura de Paz de acuerdo a las siguientes acciones:

I. De manera general: a) Generar estrategias e implementar acciones de colaboración institucional en materia de cultura de paz y de seguridad ciudadana desde los ámbitos de competencia propios a cada Coordinación o Instancia; b) Colaborar en la creación, seguimiento, producción y difusión de insumos informativos en materia de las diferentes violencias, así como de los indicadores de paz, a fin de que puedan usarse para la toma de decisiones en materia de construcción de seguridad humana en el estado; c) Colaborar para la creación del protocolo de atención a la conflictividad desde los ámbitos de competencia de cada coordinación que se diseñen con una perspectiva de cultura de paz, el cual queda integrado en el Programa Estatal de Cultura de Paz; y II. De manera particular con la Coordinación de Seguridad: a) Desarrollar y aplicar estrategias, políticas públicas, acciones y programas en coordinación en materia de cultura de paz, seguridad ciudadana, seguridad humana, y prevención de las violencias; b) Promover y coordinar acciones y programas entre las distintas dependencias estatales y municipales, que tengan por objetivo el combate a las situaciones que vulneren la seguridad humana en el estado; c) Desarrollar estrategias para transversalizar la seguridad ciudadana y la seguridad humana en las distintas dependencias que integran la Coordinación de Seguridad; d) Impulsar la agenda de cultura de paz a través de la gobernanza con el Consejo de Ciudadano de Seguridad y demás instancias regionales y municipales de colaboración, como son los gabinetes de seguridad; e) Generar una estrategia de formación en derechos humanos para los policías y demás servidores públicos implicados en los procesos de seguridad; y f) Generar una estrategia de formación y certificación como mediadores de conflicto para los policías y demás servidores públicos implicados en los procesos de seguridad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.