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Artículo 16

Ley de Beneméritos del Estado de Jalisco· Capítulo IV. De la Comisión para Honrar la Memoria de las personas Beneméritas del Estado de Jalisco

La comisión para Honrar la Memoria de las personas Beneméritas del Estado de Jalisco se integrará de la siguiente forma:

I. Por el Gobernador del Estado representado por la Secretaría de Cultura, quien presidirá;

II. Un representante de la Secretaría de Educación;

III. Un representante de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología;

IV. Un miembro de la Comisión Legislativa de Educación, Cultura, Deporte y Juventud;

V. Un representante del Ayuntamiento de Guadalajara; 3 VI. Un representante del Consejo Estatal para la Cultura y las Artes;

VII. Un representante de la Universidad de Guadalajara; y VIII. Un representante del Colegio de Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.