La Comisión Ejecutiva Estatal sesionará al menos una vez al mes de manera ordinaria, y en sesión extraordinaria, en caso de que una situación de emergencia así lo requiera.
Los comisionados tienen la obligación de comparecer a las sesiones. Si un comisionado no asistiera a las sesiones ordinarias en más de tres ocasiones consecutivas en forma injustificada, será removido de su cargo.
Si el representante o suplente de algún servidor público no asiste a más de tres sesiones, se requerirá a dicho servidor público para que designe otra persona e inicie el procedimiento de responsabilidad correspondiente.
Las determinaciones de la Comisión Ejecutiva Estatal se tomarán por la mayoría de los presentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.