Capítulo IDel Patrimonio Documental del Estado
Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 6 a 12
Artículos
- Art. 6Los documentos públicos de los sujetos obligados serán considerados como bienes nacionales con la categoría de bienes muebles…
- Art. 7El buen estado y la conservación de los documentos será responsabilidad de quien los use, los tenga bajo su custodia o posesión…
- Art. 8El Ejecutivo Estatal podrá emitir declaratorias de patrimonio documental del Estado en los términos previstos por las…
- Art. 9Para los efectos de la protección del patrimonio documental del Estado se deberá: I. Conservar, y en su caso, restaurar el…
- Art. 10Los sujetos obligados coadyuvarán con el Archivo General del Estado, para promover acciones coordinadas que tengan como finalidad…
- Art. 11En los casos en que el Archivo General del Estado considere que los archivos de interés público en posesión de particulares se…
- Art. 12Las autoridades municipales se coordinarán con el Archivo General del Estado para la realización de las acciones conducentes a la…