Los municipios del Estado establecerán un Archivo General Municipal, cuyo responsable será su titular. Dicho archivo se integrará por todos aquellos documentos que correspondan, conforme a esta ley.
Artículo 92
Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Sexto. Del Archivo General del Estado y el Sistema Estatal de Archivos › Capítulo I. Del Archivo General del Estado y el de los Sujetos Obligados › Sección IV. Del Órgano de Vigilancia
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.