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Artículo 82

Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Quinto. Del Sistema Estatal de Archivos › Capítulo III. De los Documentos de Valor Histórico bajo la Posesión, Propiedad o Custodia de los Particulares

Tratándose de documentos con valor patrimonial para el Estado, las autoridades del Estado de Jalisco y sus municipios coadyuvarán con el Archivo General del Estado, para promover acciones coordinadas que tengan como finalidad el cumplimiento de las obligaciones de conservación y acceso público de los archivos privados de interés público en posesión de particulares.

En caso de que el Archivo General del Estado lo considere necesario por la importancia o relevancia que tenga el documento para el Estado, podrá solicitar al Archivo General de la Nación una copia de la versión facsimilar o digital que obtenga de los archivos de interés público que se encuentren en posesión de particulares.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.