Los sujetos obligados podrán coordinarse para establecer archivos históricos comunes en los términos de los convenios o instrumentos que les den origen, debiendo identificar con claridad a los 12 responsables de la administración de los archivos y dar aviso a la Dirección General de Archivos del Estado y al Consejo Estatal, en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a su designación.
Artículo 38
Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Tercero. Del Sistema Institucional de Archivos de los Sujetos Obligados y su Planeación › Capítulo VI. De los Archivos Históricos de los Sujetos Obligados y su Consulta
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.