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Artículo 122

Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Octavo. De las Obligaciones y Responsabilidades de los Sujetos Obligados en materia Archivística › Capítulo I. De las Obligaciones

Tratándose de la liquidación o extinción de un sujeto obligado será obligación del liquidador remitir al Archivo General del Estado copia del inventario de los expedientes, así como el fondo que se resguardará.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.