La calidad agroalimentaria se acreditará a través del distintivo que otorgue el Ejecutivo Estatal conforme lo que se establezca en las disposiciones reglamentarias que al efecto éste emita.
Los distintivos tendrán las características, vigencia, requisitos y formalidades que establezcan las 30 disposiciones reglamentarias, técnicas y tratados internacionales en la materia de los que México sea parte.