Se consideran de utilidad pública y con impacto en la seguridad de la población del estado de Jalisco:
I. La seguridad agroalimentaria;
II. La sanidad vegetal y la salud animal, acuícola y pesquera;
III. La inocuidad de los productos agroalimentarios;
IV. El bienestar de los animales;
V. Las buenas prácticas de producción primaria y de manufactura, así como los sistemas de reducción de riesgos de contaminación en la materia agroalimentaria, en coordinación con las dependencias de la administración pública estatal;
VI. La capacidad productiva y de comercialización del sector agroalimentario del Estado de Jalisco;
VII. La responsabilidad social y ambiental;
VIII. La trazabilidad agroalimentaria; y IX. La cultura sanitaria en la población.