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Artículo 134

Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Quinto. De la Prevención, Control y Erradicación de Riesgos a la Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria › Capítulo IX. De las Campañas Fitozoosanitarias

La Agencia, con base en la evidencia científica y, en su caso, el análisis y evaluación de riesgo, podrá determinar el inicio o la continuidad de una campaña fitozoosanitaria. En estos casos determinará las acciones que se deban aplicar, las cuales serán las necesarias para la detección, control y, en su caso, erradicación de plagas y enfermedades

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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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