Siempre que un establecimiento sea invadido por enfermedad contagiosa o epidémica, el director dará aviso inmediato a la Junta de Vigilancia y esta lo participará a su vez, al Ejecutivo, sin perjuicio de que dicte desde luego las medidas violentas que demande el caso.
Artículo 87
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Instrucción Primaria › Capítulo X. De las Medidas Higiénicas
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