Los directores y directoras de las escuelas oficiales formarán, en el período de vacaciones, las distribuciones del tiempo para todos los departamentos de los establecimientos que dirijan, de acuerdo con las siguientes prevenciones:
I. La duración de cada clase, con excepción de las que en seguida se mencionan especialmente, no excederá:
En las escuelas de párvulos, de 20 minutos.
En el ler. año escolar de las escuelas primarias, de 20 " En el 2º. año " “ “ “ " 25 " " “ 3er. " " " " “ 30 " “ “ 4º. " " ” “ “ 35 " “ “ 5º. “ “ “ “ “ 40 “ “ “ 6º. “ “ “ “ “ 45 “ II. El trabajo diario no excederá en las escuelas primarias:
En el 1er. año escolar, de 4½ horas “ “ 2º. “ “ “ “ “ “ 5 “ “ “ 3er. “ “ “ “ “ “ 5½ “ “ “ 4º. “ “ “ “ “ “ 6 “ “ “ 5º. “ “ “ “ “ “ 6 “ “ “ 6º. “ “ “ “ “ “ 6 “ incluyendo en este tiempo un cuarto de hora para recreación en la mañana y otro para el mismo objeto en la tarde.
III. Las clases de canto y gimnasia en el 1º. y 2º. años no excederán de 15 minutos;
IV. A los ejercicios prácticos de Agricultura se dedicarán hasta tres horas por semana en las escuelas de 1ª., 2ª. y 3ª. clases, y hasta seis en las de 4ª. clase, pudiendo practicarse dichos ejercicios dos veces o más al día, en la mañana o en la tarde, a juicio de los directores;
V. Los ejercicios de labores femeniles en las escuelas de niñas se practicarán por las tardes, dos veces por semana para el 1º. y 2º. años escolares y tres veces para los demás años, no debiendo exceder de una hora la duración de esas clases para cada año escolar;
VI. En las escuelas de 1ª. y 2ª. clases, no se trabajará las tardes de los miércoles y sábados;
VII. Los estudios que exijan mayor esfuerzo intelectual se harán en las primeras horas de la mañana, y se procurará que los trabajos intelectuales alternen convenientemente con los ejercicios físicos o con los trabajos puramente mecánicos, evitándose el ejercicio demasiado prolongado de unas mismas facultades;
VIII. En las escuelas de párvulos las clases principiarán: en la mañana, a las nueve; en la tarde, a las tres;
IX. En las escuelas primarias: en la mañana, a las ocho; en la tarde, a las tres; y X. En las escuelas de adultos las clases comenzarán a las siete de la no che y la duración de las lecciones será de treinta minutos.