Los profesores, empleados y alumnos de dichos establecimientos, deben, fuera de ellos, a sus superiores e inferiores, igual respeto y consideración que en el interior. Cualquiera infracción a este principio la castigarán los directores respectivos, sin perjuicio de las penas de otro orden que la falta amerite.
Artículo 2
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Primero. Disposiciones Generales › Capítulo I. De los Establecimientos de Instrucción Oficial
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