Los alumnos se presentarán a examen los días que les señale la Secretaría, y si no lo hicieren, perderán su derecho a él. Sólo por motivos justificados podrá el Director hacerles nueva concesión señalándoles otro día, y si tampoco se presentaren, quedarán definitivamente sin examinarse en ese periodo.
Artículo 46
Disposiciones de la enseñanza secundaria (Educación, abrogada)· Capítulo VI. De los Exámenes
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