Queda terminantemente prohibida, bajo las penas más severas de este Reglamento, toda manifestación o acto de propaganda política o religiosa en el interior del Plantel.
Artículo 3
Disposiciones de la enseñanza secundaria (Educación, abrogada)· Capítulo I. De la Escuela
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No obstante lo prevenido en el Artículo anterior, se declara libre la enseñanza de las bellas artes, de las artes técnicas y de las ramas de Comercio y administración, sin más requisito que el de dar aviso de su establecimiento a la Dirección General de Instrucción Pública que tendrá la inspección de las escuelas respectivas y ejercerá estricta vigilancia por lo que respecta a la higiene, a la moral, a la ley y a la limitación de la clase de enseñanza.
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Queda terminantemente prohibida, bajo las penas más severas de este Reglamento, toda manifestación o acto de propaganda política o religiosa en el interior del Plantel.
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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