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Artículo 20

Disposiciones de la enseñanza secundaria (Educación, abrogada)· Capítulo IV. De las Matriculas e Inscripciones

Para obtener la primera matrícula como alumno, se presentará al Director del Establecimiento, una solicitud en que consten, la firma del solicitante, la de la persona que responda de su conducta, y el año, clases o materias que quiera cursar, debiendo dicha solicitud ir acompañada del certificado de los estudios de Instrucción Primaria, completa, expedido por un establecimiento oficial o incorporado o con la orden del Ejecutivo para que se matricule el solicitante, por habérsele revalidado los estudios hechos fuera del Estado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.