Para ser Juez Menor o de Paz se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener cuando menos veinticinco años y no más de sesenta y cinco años, al día de la designación;
III. Haber cursado la instrucción secundaria;
IV. Tener residencia mínima de un año a la fecha del nombramiento en el lugar de su adscripción;
V. Gozar de buena reputación; y VI. No haber sido condenado por delito doloso que amerite pena corporal por más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otros que lastime seriamente la buena fama en el concepto público lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.