Corresponde al Presidente de Sala:
I. Cursar la correspondencia;
II. Turnar proporcional y equitativamente entre él y los demás integrantes, los asuntos para el estudio y presentación oportuna del proyecto de resolución;
III. Presidir las audiencias, cuidar el orden en las mismas y dirigir los debates;
IV. Dirigir la discusión de los asuntos y someterlos a votación cuando declare terminado el debate;
V. Disponer los trámites que procedan en los asuntos de la competencia de la Sala; y VI. Vigilar que los secretarios y demás servidores públicos de la Sala cumplan con sus deberes; en caso contrario, informarlo al Tribunal Pleno para que determine lo conducente.