El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, declarará previo informe de la Oficina de Estadística o a iniciativa de cualquiera de los magistrados, los casos en que exista jurisprudencia definida y ordenará su publicación en el Boletín Judicial para que desde luego surta efectos.
En caso de que llegare a existir contradicción en la jurisprudencia de las salas, será el Pleno quien resuelva sin más trámite la que debe prevalecer.
Podrán denunciar la contradicción el Tribunal que resolvió o las partes que intervienen.