Tienen los Ayuntamientos la misma prohibición que establece el art. 20 para las juntas cantonales.
Artículo 25
Del Poder Ejecutivo (Administrativas, abrogada)· Capítulo IV. Atribuciones de los Ayuntamientos, como encargados de la administración municipal
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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