Todas las publicaciones de que se habla en este capítulo serán hechas por el presidente de la junta y autorizadas por el secretario, quien también llevará la correspondencia.
Artículo 19
Del Poder Ejecutivo (Administrativas, abrogada)· Capítulo III. Atribuciones de las juntas cantonales, como encargadas de la administración cantonal
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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