Si la denuncia fue presentada ante el Consejo de Notarios, en la primera sesión ordinaria que celebre, estudiará y resolverá por mayoría de votos, si la denuncia debe ser turnada al Procurador de Justicia, por estimar haberse incurrido en la comisión de delito.
Por otra parte, si el Consejo estima que se trata únicamente de presuntas violaciones administrativas, convocará desde luego a sesión que deberá celebrarse dentro de los 10 días siguientes y, en ella, designará comisión de investigación integrada por tres Notarios en ejercicio, quienes después de practicar la averiguación correspondiente, darán cuenta con el resultado al propio Consejo en un término no mayor de 15 días siguientes a su designación. Recibido el resultado de la investigación, el Consejo de Notarios convocará a nueva sesión que deberá celebrarse dentro de los 8 días siguientes para conocer, discutir y emitir opinión sobre la responsabilidad del Notario, la cual hará del conocimiento del Gobernador del Estado, para la imposición de la sanción administrativa que pudiera corresponder.