Cada vez que se abra para el público un teatro, circo, sala de espectáculo u otro establecimiento de este género, el Ayuntamiento, antes de expedir la respectiva licencia, pedirá informe al Departamento de Salubridad del Estado, respecto a si satisface todas las prescripciones del Reglamento correspondiente, acerca de los requisitos siguientes:
I. Solidez bastante en relación con el número de personas que deba contener;
II. Medidas para evitar incendios y su propagación;
III. Medidas para hacer fácil y violenta la salida de los concurrentes; y IV. Medidas para evitar los malos olores y el desarrollo de enfermedades contagiosas.