Los caños o conductos desaguadores de las casas deberán estar suficientemente ventilados y llenas las condiciones necesarias para facilitar el escurrimiento de los desechos, evitar las infiltraciones de las paredes y pisos e impedir el escape de los gases al interior de la habitación, para lo cual se sujetarán a las prevenciones respectivas.
Artículo 121
Del Código Sanitario (Salúd, abrogada)· Título Primero. Habitaciones y Escuelas
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