Son funciones del Consejo Directivo de Urbanización:
I. Asumir el control general de la Urbanización en el Estado;
II. Procurar que en todos los Municipios funcionen normalmente los Consejos Municipales de Urbanización;
III. Dirigir el levantamiento de los Planos Reguladores de las poblaciones de esta Entidad;
IV. Revisar los Reglamentos de los Consejos Municipales de la Materia;
V. Atender las consultas que le hagan el Congreso del Estado, los Ayuntamientos y los Consejos Municipales de Urbanización;
VI. Resolver los casos de inconformidad que le planteen los particulares, sobre decisiones de los Consejos Municipales;
VII. Mandar inspeccionar, cuando lo estime pertinente, las obras públicas y privadas que se ejecuten en los Municipios del Estado;
VIII. Promover la preparación de especialistas y la educación general en Urbanismo;
IX. Estar en relaciones con los Delegados en Jalisco de las Comisiones permanentes de la Habitación para Trabajadores, y de la Planificación; y X. Formular su Reglamento Interior.
Sección 3/a Generalidades