Cuando se pretenda traspasar un permiso, los interesados deberán ajustarse a las condiciones siguientes:
I. El cedente deberá recabar la autorización previa del Ejecutivo.
II. El cesionario deberá llenar los requisitos que establece este Reglamento para explotar permisos; y III. El cedente no podrá hacer el traspaso sin comprobar debidamente que está al corriente en el pago de sus derechos y que ha cumplido con todas las obligaciones que le impone el permiso.