Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 30

De Tránsito (Administrativas, abrogada)· Título Primero. De los Vehículos y de los Semovientes › Capítulo II. Registro de Vehículos

Cuando los sellos puestos para fijar las placas se inutilicen, deberán los interesados, presentar sus vehículos a la Oficina en Rentas respectiva para que sean repuestos sin costo alguno. Queda prohibido que los vehículos circulen cuando los sellos de ambas placas se hayan destruido.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.