Los propietarios de vehículos en la ciudad de Guadalajara, darán cuenta a la Dirección General de Tránsito, así como a la Dirección General de Rentas de los cambios que efectúen de local donde habitualmente guarden sus vehículos.
Artículo 18
De Tránsito (Administrativas, abrogada)· Título Primero. De los Vehículos y de los Semovientes › Capítulo II. Registro de Vehículos
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