Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo XIIImpuestos Extraordinarios

De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada) · arts. 66 a 72

Artículos

  • Art. 66Podrá promover el Municipio la creación de un impuesto extraordinario para la realización de obras materiales de utilidad…
  • Art. 67No se considerarán como impuestos especiales las aportaciones que hagan los particulares por concepto de cooperación.
  • Art. 68El impuesto se limitará a las exacciones indispensables para cubrir el costo de la obra.
  • Art. 69Se hará efectivo mediante la fijación de cuotas adicionales sobre los pagos ordinarios y sus rendimientos se destinarán por…
  • Art. 70Estas cuotas adicionales no podrán ser superiores al 50% de las ordinarias ni afectarán fuentes que estén sujetas a algún otro…
  • Art. 71Para la administración de los fondos que se recauden y para la contratación, realización y vigilancia de las obras, se estará a…
  • Art. 72Con la promoción en que inicie la creación de un impuesto extraordinario, el Ayuntamiento enviará al Congreso un proyecto de la…