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Artículo 41

De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada)· Libro Primero. INGRESOS › Título Primero. Productos › Capítulo Quinto. Productos Diversos

Ingresarán además al erario Municipal, los productos provenientes: a) De capitales otorgados en créditos; b) De actos lucrativos de los establecimientos de Asistencia Pública Municipal; c) De porcentajes obtenidos por contratos de aparcería, de arrendamientos de tierras, bueyes, aperos y otros elementos de labranza; d) De la venta de esquilmos y desechos del Municipio; y e) De cualquier otro acto productivo de la Administración Municipal, de acuerdo con las disposiciones especiales o los contratos que se celebren.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.