Los habitantes de un municipio del Estado de Jalisco y los que no residiendo en él tengan bienes en su territorio o ejecuten actos que deban surtir sus efectos en el mismo, están obligados, en los términos de la presente Ley, a contribuir al sostenimiento de la Administración Pública Municipal.
Artículo 1
De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.