El programa municipal de desarrollo urbano, cuando así lo disponga el ayuntamiento, conforme a la extensión de su territorio y las necesidades de ordenamiento y planeación para su desarrollo sustentable, deberá integrar los objetivos, y elementos de:
I. Los planes de desarrollo urbano de los centros de población;
II. Los planes parciales de desarrollo urbano; y III. El ordenamiento ecológico regional y local.