Son objetivos del plan de desarrollo urbano de centro de población:
I. La investigación relativa al proceso de urbanización y desarrollo del centro de población;
II. Adecuar la distribución de la población y de las actividades económicas, de acuerdo a las condiciones de su localidad;
III Alentar la radicación de la población en su medio, mejorando las condiciones de su hábitat;
IV. El control del excesivo crecimiento horizontal del asentamiento humano, mediante políticas de densificación racional de la edificación y el control, en su caso, del proceso de metropolización;
V. Propiciar la integración socioeconómica entre las diferentes partes que forman al centro de población;
VI. Distribuir equitativamente las cargas y beneficios del desarrollo urbano;
VII. Preservar y mejorar las áreas forestadas, ríos, escurrimientos y acuíferos en el centro de población y sus áreas de apoyo;
VIII. Salvaguardar el patrimonio cultural del estado, preservando los edificios y conjuntos arquitectónicos de valor histórico cultural o que identifiquen la fisonomía del lugar;
IX. Procurar que el centro de población mantenga o desarrolle de manera integral la calidad de la imagen visual característica del lugar;
X. Distribuir adecuadamente las acciones urbanísticas para el óptimo funcionamiento del centro de población;
XI. Facilitar la comunicación y los desplazamientos de la población promoviendo la integración de un sistema eficiente de movilidad urbana sustentable, con prioridad en los sistemas colectivos de transporte y al transporte no motorizado;
XII. El desarrollo de la infraestructura básica del centro de población;
XIII. Promover las instalaciones necesarias de equipamiento urbano para el centro de población;
XIV. El establecimiento de normas y reglamentos para el control de la utilización del suelo y de la acción urbanística;
XV. Todos aquellos que permitan orientar el desarrollo del centro de población a condiciones óptimas;
XVI. Restringir y condicionar el desarrollo urbano en las zonas identificadas con un nivel de riesgo alto identificados en el atlas municipal, así como generar las propuestas de infraestructura para la mitigación de los mismos; y XVI. Definir las reservas territoriales e instrumentos para que permitan la disponibilidad de tierra para personas en situación de vulnerabilidad.