Capítulo IIIAbuso de Confianza
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · arts. 245 a 248
Artículos
- Art. 245Comete el delito de abuso de confianza, el que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro, de una cosa ajena mueble…
- Art. 246Al responsable del delito de abuso de confianza se le sancionará sólo por querella del ofendido y conforme a las reglas…
- Art. 247Se impondrán las mismas sanciones del abuso de confianza, a quien, requerido formalmente, retenga la cosa que estuviere obligado…
- Art. 248Es aplicable a este capítulo, en lo conducente, al artículo 238 de este Código.