La estimación de la queja podrá dar lugar, si hubiere razón para ello, a la incoación de expediente disciplinario, contra el funcionario de la infracción denunciada.
La interposición del recurso de queja notoriamente improcedente dará lugar a la aplicación de una sanción en contra del recurrente, misma que será establecida en la Ley de Ingresos.