Las declaraciones deberán ser firmadas por el sujeto pasivo de un crédito fiscal o por sus representantes legales, quienes asumirán para todos los efectos legales, las responsabilidades que puedan derivarse de la falsedad o inexactitud de dichas declaraciones.
Se presentarán en los plazos y lugares que se establezcan en las disposiciones legales respectivas o en la Ley de Ingresos.