Los impuestos comprendidos en este título gravarán las actividades del Comercio y la Industria, de la agricultura y ganadería; de la producción y enajenación de alcohol y bebidas alcohólicas; así como la producción de azúcar, piloncillo, mieles cristalizables e incristalizables en los términos de los capítulos que lo integran.
Artículo 111
Codigo Fiscal del Estado (1978) (Fiscales, abrogada)· Libro Segundo. DE LOS INGRESOS TRIBUTARIOS › Título Segundo. De los Impuestos sobre las Actividades Mercantiles › Capítulo I. Disposiciones Preliminares
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