Capítulo Décimo SegundoInfracciones de los Ministros de Culto, Asociaciones o Agrupaciones de Cualquier Religión
Código Electoral del Estado de Jalisco · art. 457
Artículos
- Art. 4571. Constituyen infracciones al presente Código de los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier…