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Capítulo Décimo SegundoInfracciones de los Ministros de Culto, Asociaciones o Agrupaciones de Cualquier Religión

Código Electoral del Estado de Jalisco · art. 457

Artículos

  • Art. 4571. Constituyen infracciones al presente Código de los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier…