Capítulo CuartoDe las Obligaciones de los Partidos Políticos
Código Electoral del Estado de Jalisco · arts. 68 a 70
Artículos
- Art. 681. Son obligaciones de los partidos políticos las establecidas en la Ley General de Partidos Políticos, este Código y otras leyes…
- Art. 691. El incumplimiento de las obligaciones señaladas por este Código se sancionará en los términos del Libro Sexto del mismo. 24 2.…
- Art. 701. Un partido político, aportando elementos de prueba, podrá pedir al Consejo General del Instituto se investiguen las…