1. En el caso de que comparezcan terceros interesados, los escritos que presenten deberán satisfacer los requisitos señalados en el artículo 530, y ser presentados dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir del momento que se fije en los estrados la cédula correspondiente.
Artículo 626
Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Séptimo. Sistema de Medios de Impugnación › Título Octavo. Juicio de Inconformidad › Capítulo Cuarto. Partes y Trámite de la Demanda
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 530
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.