Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 574

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Séptimo. Sistema de Medios de Impugnación › Título Tercero. Medios de Impugnación en Materia Electoral › Capítulo Único. Disposiciones Generales

1. Durante los procesos electorales extraordinarios, serán procedentes los medios de impugnación a que se refiere el artículo anterior, debiendo sujetarse a las reglas señaladas en el presente ordenamiento y a las leyes aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.