Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 516

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Séptimo. Sistema de Medios de Impugnación › Título Segundo. Reglas Comunes Aplicables a los Medios de Impugnación › Capítulo Séptimo. Pruebas

1. Para la resolución de los medios de impugnación previstos en este Código, sólo podrán ser ofrecidas y admitidas las pruebas siguientes:

I. Documentales públicas;

II. Documentales privadas;

III. Técnicas;

IV. Presuncionales: legal y humana; y V. Instrumental de actuaciones.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.